La Declaración de Situación Patrimonial es el instrumento establecido en el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, aplicable de conformidad con el Artículo 46 numeral 2 fracción II de la Ley de Responsabilidades Políticas y Administrativas, así como del 92 de la Constitución Local, a través del cual los servidores públicos declaran con oportunidad y veracidad, la situación que guarda su patrimonio.
Plazos en que los servidores públicos deberán presentar su Declaración de Situación Patrimonial:
La Inicial, dentro de los 60 días naturales siguientes a la toma de posesión del cargo.
La de modificación patrimonial, durante el mes de mayo de cada año.
La de Conclusión del cargo (Final), dentro de los 60 días naturales siguientes a la conclusión del cargo.
Para el cumplimiento de esta obligación, ponemos a tu disposición los formatos autorizados. Éstos deberán descargarse según corresponda, llenarse debidamente y entregarse en forma física a la Contraloría Ciudadana.
Declaración inicial | |
Declaración de modificación patrimonial | |
Declaración final |